TdA. Titulización de Activos

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Titulización de Activos

sábado 27 de abril de 2024
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La titulización

Marco Legal de la titulización en España

LEY 2/81, de 25 de marzo Y RD 685/82, de 25 de marzo: Definen las participaciones hipotecarias (PHs) y las Cédulas hipotecarias, pero sin referirse a su titulización

Ley 19/1992 de 7 de Julio

Primera ley enmarcando la titulización: se autoriza la titulización de las participaciones hipotecarias, a través de los Fondos de Titulización Hipotecarios (FTH).

En paralelo, se crean las Sociedades Gestoras de Fondos de Titulización Hipotecarios (SGFTH).

RDL926/1998, de 14 de mayo

Se amplía el acceso a la titulización a activos que no sean PHS. Por lo tanto se crean los Fondos de Titulización de Activos (FTA), y las sociedades gestoras se convierten en Sociedades Gestoras de Fondos de Titulización (SGFT).

Dentro del marco general de esta ley,

OM 1999, de 28 de mayo: se crea la iniciativa de los FTPYMES, permitiendo titluzación de préstamos otorgados a PYMES, y posibilidad para los bonos resultantes de beneficiarse del aval del Estado.

LEY FINANCIERA 44/2002, de 24 de noviembre : define los Certificados de Transmisión Hipotecarios, (que se están titulizando, bajo la apelación de préstamos hipotecarios 2, desde la aparición del RD 926/1998 ).

LEY 13/2003, de 23 de mayo: permite la titulización de concesiones y obras públicas.

OM EHA/3536/2005, de 10 de noviembre: determina los derechos de crédito futuros que podrán incorporarse a un Fondo de Titulización de Activos, y establece las condiciones de cesión al mismo. Tiene también por objeto habilitar a la CNMV para dictar reglas específicas en materia de contabilidad y de obligación de información de los FTA y de sus Sociedades Gestoras.

Ley 5/2015, de 27 de abril

Título III. Régimen jurídico de las titulizaciones

Esta Ley opera la refundición de la dispersión normativa existente en el régimen jurídico español de las titulizaciones, para garantizar la coherencia y sistemática de todos los preceptos que disciplinan esta materia, aportando mayor claridad y seguridad jurídica al marco regulatorio